Indemnizaciones en casos de la Ley Jones / DOHSA
La indemnización por lesiones o fallecimiento en el ámbito marítimo o en alta mar depende en gran medida de la legislación aplicable. A continuación, encontrará una clasificación de las indemnizaciones en tres categorías: 1) indemnizaciones en el contexto de la Ley Jones, la falta de navegabilidad o las lesiones marítimas en general; 2) indemnizaciones en el contexto de un caso de fallecimiento en virtud de la Ley Jones o la Ley de Muerte en Alta Mar (DOHSA); y 3) indemnizaciones disponibles en virtud del artículo 905(b) de la LHWCA.
Indemnización por lesiones sufridas por un marinero:
Un marinero que gane una demanda contra su empleador o el propietario de un buque podrá obtener una indemnización por los siguientes conceptos:
- Pérdida de salarios pasados (desde la fecha de la lesión hasta la fecha del juicio).
- Pérdida de capacidad de ganancia futura (desde la fecha del juicio en adelante)
- Gastos médicos pasados y futuros
- Dolor, sufrimiento y pérdida de los placeres de la vida.
- Intereses previos y posteriores al juicio. Los intereses previos al juicio no están disponibles cuando el caso es juzgado por un jurado.
Actualmente, la Ley Jones no permite daños punitivos, pero sí una indemnización punitiva. abogado de accidentes de Houston puede ayudarle a aprovechar al máximo todas las demás categorías de compensación disponibles.
Indemnizaciones por la muerte de un marinero o en virtud de la DOHSA:
Las indemnizaciones en virtud de la Ley Jones y la Ley DOHSA se limitan a las pérdidas pecuniarias (también conocidas como pérdidas económicas). Esto difiere de la mayoría de las leyes sobre muerte por negligencia, que generalmente permiten recuperar el dolor y el sufrimiento, la pérdida de compañía conyugal y otros daños no pecuniarios. Las pérdidas pecuniarias pueden incluir la pérdida de manutención, la pérdida de los servicios del fallecido, la pérdida de crianza, orientación, cuidado e instrucción, la pérdida de herencia y los gastos funerarios, siempre que dichos montos fueran pagados por los dependientes de la persona.
En el caso de la Ley Jones, un marinero también puede reclamar una indemnización por cualquier dolor y sufrimiento previo a su muerte, siempre que esto pueda probarse.
- Los daños y perjuicios en una reclamación 905(b) generalmente incluyen:
- gastos médicos y de rehabilitación;
- pérdida de capacidad de ganancia;
- pérdida de servicios familiares y personales;
- dolor y sufrimiento;
- lesiones psicológicas y emocionales;
- pérdida del disfrute de la vida;
- discapacidad permanente y desfiguración;
- en caso de fallecimiento, pérdida de compañía para los dependientes; y
- Intereses previos al juicio.
Nuestros abogados tienen amplios conocimientos en derecho marítimo y están a su disposición para ayudarle a comprender la ley y las indemnizaciones a las que podría tener derecho.
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